ley n 21.795
CAPITULO 3
PERDIDA Y CANCELACION DE LA NACIONALIDAD ARGENTINA (artículos 7 al 8)
j) ausentarse del territorio de la República con ánimo de no volver. Esta intención se presume por el
transcurso de DOS (2) años de ausencia continuada si el argentino naturalizado no declarare
formalmente, ante el Consulado argentino correspondiente, su propósito de mantener la naturalización.
La manifestación será asentada en la carta de naturalización por el Cónsul y valdrá por DOS (2) años,
no pudiendo ser renovada. La ausencia del territorio argentino no provocará la cancelación de la
nacionalidad adquirida si obedece al desempeño de una función oficial, encomendada por los
gobiernos Nacional, provinciales o municipales
This seems pretty drastic to me.
Y'all know if this law is still on the books?
And whether this particular provision is routinely enforced?
Does this mean anyone naturalized can't leave for more than 2+2 years without automatically losing citizenship?
Edit:
www.refworld.org
Artículo 1.- Derógase la Ley de Facto N° 21,795
Artículo 3.- Se declaran inválidas y sin ningún efecto jurídico las pérdidas o cancelaciones
de la nacionalidad argentina, así como también las pérdidas o cancelaciones de la
ciudadanía argentina dispuestas en cumplimiento de los artículos 7, 8, 11, 12, 13 y
concordantes de la ley de facto 21795 y las producidas durante la vigencia de la ley facto
21610.
I suppose naturalized expats are safe then?